La consellera de Trabajo, Mar Serna, ha anunciado hoy que su departamento ha abierto un expediente informativo a la sucursal bancaria de Cambrils (Tarragona) donde ayer murió una empleada durante un atraco, para investigar si la sucursal había evaluado el riesgo de atraco.

Serna ha explicado en rueda de prensa que "como en cualquier accidente laboral, trabajo ha abierto un expediente informativo" para determinar si la entidad había "detectado el riesgo de atraco en la sucursal y se habían tomado las medidas correspondientes".
La consellera ha recordado que "hace años" Trabajo había sancionado a entidades financieras -"no esta", ha aclarado- que no habían evaluado los riesgos de atraco, que en el caso de los bancos "es un riesgo fruto del trabajo".
Serna ha manifestado que en este momento Trabajo todavía no tiene las conclusiones del expediente y que informará sobre ello en cuanto lo conozca.
El atraco tuvo lugar ayer en una sucursal del Banco Santander de Cambrils cuando dos personas entraron en la entidad bancaria con el objetivo de robarla y dispararon a una de las empleadas, que falleció desangrada al recibir un tiro en el cuello.
Botin debió ser más prudente al tratar Derechos Laborales tras el atraco
CCOO de Cantabria ha considerado hoy que el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, "podía haber sido un poco más prudente" al hablar sobre derechos laborales "pocas horas después de que una joven empleada suya resultara muerta de un disparo" en el atraco a una sucursal de esa entidad en Cambrils.
El presidente del Banco Santander señaló ayer, en el Congreso de la Empresa Familiar celebrado en Santander, que la reforma laboral "podía haber sido más ambiciosa", aunque es "un paso en la dirección adecuada" y ha contribuido a mejorar la situación actual.
En ese mismo foro, Botín trasladó su "más profundo pésame" a la familia de la empleada de su entidad bancaria, que murió el lunes en Cambrils (Tarragona) a causa de un tiro que le disparó uno de los dos atracadores que entraron a robar en la sucursal donde trabajaba.
El secretario general de CCOO de Cantabria, Vicente Arce, ha opinado hoy, en un comunicado de prensa, que Botín "podía haber sido un poco más prudente" al hablar sobre los derechos de los trabajadores, "especialmente ayer", "pocas horas después" de que esa joven empleada resultara muerta de un disparo en el atraco a la sucursal de Cambrils.
El secretario general de CCOO de Cantabria ha aludido a una sentencia del Tribunal Supremo, en un proceso en el que participó este sindicato, "que obliga a las empresas a proteger bien a sus trabajadores", para "evitar en lo posible los riesgos derivados de los atracos".
"Esta sentencia deja claro que, más importante que proteger el dinero, es proteger a las personas sometidas al riesgo previsible de atraco", ha aseverado Vicente Arce.
Este dirigente sindical cree además que "las recetas" que Botín expuso durante su participación en el Congreso Nacional de la Empresa Familiar son "siempre las mismas" y "ahondan en cómo ganar más dinero haciendo que otros paguen los platos rotos".
El secretario general de CCOO de Cantabria ha dicho a Botín que "él, al igual que el resto de los principales actores del sistema financiero", tiene "mucho que ver" con la actual crisis económica, "a diferencia de los trabajadores, que no son culpables de nada".
Muchos bancos aún no consideran el atraco como accidente laboral, no sé si esto es bueno o malo.
Alguien puede sacarnos de dudas sobre si hay algún protocolo de actuación interno de las entidades que, corresponda atender debidamente a todos los afectados de los terribles hechos mencionados, por desgracia siempre es tarde para las víctimas.
La muerte de la víctima del atraco del Banco Santander en Cambrils (Tarragona), Estela C., vecina de Sant Carles de la Ràpita, trabajadora de 25 años y natural de Sant Carles de la Ràpita, ha puesto sobre la mesa de nuevo la seguridad en comercios y entidades bancarias.
Los atracadores, no iban encapuchados pero iban disfrazados, huyeron sin el dinero tras matar a la empleada de 25 años.
La frase, de la responsable de Salud Laboral de CCOO en Tarragona, es durísima, e ilustra el malestar de muchas profesiones; "la muerte de la Estela Calduch no es un hecho aislado, hay muchas entidades bancarias para las que un atraco aún no es considerado un accidente laboral".
Una concentración por la muerte de Estela ha servido para que trabajadores de este colectivo denuncien la falta de un protocolo de actuación en caso de atraco y el hecho de que este tipo de asaltos no sean considerados como un riesgo laboral. Por otro lado, desde la entidad a la que pertenecía la sucursal atracada, el Banco Santander, su propietario Emilio Botín, se ha limitado a trasladar a la familia de la víctima sus condolencias sin entrar en esta polémica.
El operador de telecomunicaciones France Télécom reconoció como accidente de trabajo el suicidio de al menos uno de los numerosos empleados fallecidos en los últimos años por suicidio fue provocada por motivos laborales.
Se define como “toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte” (Ley 16.744)
Involucra no solo los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo mismo, sino también aquellos durante el traslado hacia o desde el trabajo.
De todos los distintos tipos de accidentes, se excluyen los producidos por fuerza mayor extraña y sin relación alguna con el trabajo o los producidos intencionalmente por la víctima.
Accidente laboral Indemnización
En caso de sufrir un accidente laboral podemos obtener la siguiente prestación o indemnización:
a) En el supuesto de que queden secuelas irreversibles que imposibiliten o dificulten para cualquier o el habitual trabajo podría el trabajador tener derecho a una incapacidad permanente donde NO SERÍA NECESARIO TENER UN PERIODO DE COTIZACION MINIMO PREVIO.
b) En el supuesto de que se conceda una incapacidad permanente, aún no existiendo responsabilidad por parte de la empresa, hay muchos convenios colectivos que establecen una indemnización para el trabajador normalmente a cargo de una póliza de seguro de responsabilidad civil colectivo, que contrata la empresa como tomador para sus trabajadores.
c) En el supuesto de que exista responsabilidad por parte de la empresa, por falta de medidas de seguridad o formación al trabajador, además de lo anterior, podrían intentarse obtener los siguientes:
C1: Recargo de prestaciones, consiste en que la empresa tendrá que abonar un complemento de todas las prestaciones que haya obtenido el trabajador de la Seguridad social (ya sea incapacidad temporal o permanente). Esto no es asegurable mediante contrato de responsabilidad civil, sino que lo tendrá que abonar la empresa necesariamente.
C2: Indemnización donde se valoren todos los daños y perjuicios causados y que tendrá que pagar la empresa.
Accidente Laboral: EL ACCIDENTE DE TRABAJO: EVOLUCION NORMATIVA Y TRATAMIENTO JURIDICO COMPARADO
¿Fue también un Accidente Laboral el atentado del www.Hipercor.net?